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Titulación: |
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Bolsa de Trabajo: |
Este curso no tiene bolsa de trabajo |
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Salida Laboral: |
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Objetivos: |
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Metodología: |
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Programa: |
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Tema 1. La Constitución Española de 1978
Tema 2. Los Derechos Humanos en el ámbito universal, europeo y español. La igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres
Tema 3. El Gobierno y la Administración
Tema 4. Organización territorial del Estado en la Constitución
Tema 5. La Unión Europea
Tema 6. El Poder Judicial
Tema 7. Examen de la organización y competencia del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional, de los Tribunales Superiores y de las Audiencias Provinciales.
Tema 8. Examen de la organización y competencia
Tema 9. La carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia
Tema 10. La modernización de la oficina judicial
Tema 11. Los Secretarios Judiciales: Funciones y competencias
Tema 12. Los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, y de Auxilio Judicial: Su regulación en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Tema 13. El Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Tema 14. Estatuto General de los Funcionarios al servicio de la administración de Justicia (I).
Tema 15. Libertad sindical.
Tema 16. Los procedimientos declarativos en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000
Tema 17. Los procedimientos de ejecución en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000
Tema 18. Los procesos especiales en la Ley de Enjuiciamiento civil 1/2000
Tema 19. La Jurisdicción Voluntaria
Tema 20. Los procedimientos penales en la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Tema 21. Procedimiento de juicio de faltas; Juicios Rápidos
Tema 22. Los procedimientos contencioso-administrativos
Tema 23. Los procedimientos laborales
Tema 24. Recursos
Tema 25. Las Actuaciones Judiciales (I).
Tema 26. Las Actuaciones Judiciales (II).
Tema 27. Las Actuaciones Judiciales (III).
Tema 28. La Actuaciones Judiciales (IV).
Tema 29. El registro civil.
Tema 30. Actas del Registro.
Tema 31. Conceptos de archivo judicial y de documentación judicial en relación con el Real decreto 937/2003, de 18 de julio, de modernización de los archivos judiciales. |
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Profesores: |
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Requisitos de acceso: |
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Nacionalidad: Ser español.
· Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
· Titulación: Título de Bachiller o equivalente
· Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
· Habilitación:
a) No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
b) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado, ni pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten
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Observaciones: |
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Primer ejercicio: De carácter teórico, escrito y eliminatorio, consistirá en contestar un cuestionario-test (100 preguntas) sobre materias del programa.
Segundo ejercicio: De carácter práctico, escrito y eliminatorio.
Constará de dos fases.
Reproducción, en ordenador/`procesador de textos, un texto con los requerimientos de presentación que el Tribunal determine y que consistirá en el planteamiento de un caso práctico.
Cuestionario tipo test en relación dicho caso práctico (20 preguntas).
C. Baremo para la fase de concurso de las pruebas selectivas en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (Orden JUS/2543/2006, de 28 de julio):
Turno libre
A) Títulos y grados académicos. Puntuación máxima de 12 puntos:
Licenciatura en Derecho: 12 puntos.
Otras Licenciaturas distintas a Derecho: 10 puntos.
Diplomatura en Derecho: 8 puntos.
Otras Diplomaturas distintas a Derecho: 6 puntos.
B) Historial Profesional. Puntuación máxima de 7 puntos.
1. Títulos, Diplomas, Certificaciones obtenidos en Cursos de contenido jurídico, organizados por el Consejo General del Poder Judicial, por el Ministerio de Justicia, u homologados por éste, así como por otros centros o Instituciones de ámbito nacional, autonómico o internacional, reconocidos oficialmente.
2. Títulos, Diplomas, Certificaciones que acrediten conocimientos informáticos, obtenidos en cursos de formación impartidos en centros oficiales o reconocidos por el Ministerio de Educación y Ciencia, así como los impartidos por organismos e instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas o incluidas en los planes de formación de las mismas.
C) Conocimiento de Idiomas extranjeros.
Se valorará la acreditación del nivel de conocimiento alcanzado obtenida en centros oficiales u homologados por éstos.
D) Por haber aprobado ejercicios de la oposición de acceso al Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia en las últimas dos convocatorias.
E) Servicios prestados como titular o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia y o en Cuerpos de otras Administraciones públicas o como personal laboral de la Administración de Justicia.
D. Evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil, especial o foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Orden JUS/2543/2006, de 28 de jul
1. Conocimientos de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas.
Para los opositores que concurran por alguno de los ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación, finalizadas tanto la fase de oposición como la de concurso y establecidas las listas de aprobados que hubieran obtenido plaza, se procederá a la evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas. La evaluación consistirá, en la acreditación del conocimiento de la lengua oficial de dicha Comunidad, mediante las certificaciones que hayan presentado junto con la instancia de participación o por la realización de una prueba de nivel de conocimientos.
La puntuación de la valoración del conocimiento de la lengua oficial de Comunidad Autónoma sólo será aplicable en el ámbito de la Comunidad Autónoma respectiva que oferte plazas en la convocatoria específica, a los solos efectos de establecer el número en la relación de aprobados dentro del ámbito territorial por el que concurre el aspirante, por lo que deberá reflejarse separada de la obtenida en los dos ejercicios obligatorios
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