- Estar en posesión del título de técnico superior en educación infantil o técnico especialista en jardín de infancia.
- Ser español, mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
- No haber sido condenado ni estar procesado ni inculpado por delito doloso, a menos que se hubiera obtenido la rehabilitación o hubiera recaído en la causa auto de sobreseimiento.
- No hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
- No haber sido separado, mediante procedimiento disciplinario, de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales, ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado.
- No padecer defecto físico ni enfermedad que incapacite para el desempeño del puesto.