Ser español.
Tener 18 años y no haber cumplido los 50 años antes de presentar la instancia.
Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
Estar en posesión o en condiciones de obtener el Graduado en Educación Secundaria. También se admite la Formación Profesional específica de grado medio, Formación Profesional de primer grado o equivalente y el Graduado Escolar.
Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.
No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración autonómica, local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Estar en posesión del permiso de conducir de la actual clase B.
Los opositores deberán estar en posesión del permiso de conducción de la clase A previsto en el Regalmento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, o el de la clase A2 a que se refiere el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo; y de la autorización para conducir vehículos de emergencia (BTP), obtenida con anterioridad a la fecha que se establezca en la convocatoria correspondiente, normalmente la cuarta prueba.