| | | | | Temario: | TEMARIO: Consta de varias Unidades de Estudio, cuyos principales contenidos son: Derecho Constitucional. Sistema Sanitario Público, Ley General de Sanidad. El papel del Auxiliar de Enfermería. Salud Pública. Metodología y actuaciones. Atención a las distintas necesidades sanitarias. Protocolos asistenciales y primeros auxilios. Legislación del Servicio Gallego de Salud. Estatuto de Autonomía de Galicia. EXAMEN La oposición consta de un único ejercicio consistente en: Resolver un cuestionario de preguntas tipo test sobre el programa de la oposición. Ocultar Ver temario completo | | Objetivos: | Nuestra finalidad es proporcionar a nuestros alumnos una enseñanza práctica que les permita en el mínimo tiempo posible obtener un empleo y/o promocionarse profesionalmente en el ámbito de los sectores públicos. Ocultar Ver objetivos completos | | | | | Convocatoria: | No disponible | | Plazo de matriculación: | Abierto | | Observaciones: | Actividades que desarrollan: Son actividades de cuidado de los pacientes, y de auxilio en las actividades propias del personal sanitario.
Plazas convocadas: En el año 2.002 se convocaron 341 plazas.
Categoría: Corresponde a la de funcionarios de carrera, perteneciendo al grupo D.
Sueldo: Dependiendo del destino concreto, el salario gira en torno a los 800 euros/mes. | | Requisitos: | 1º Tener la nacionalidad española o la de otros estados miembros de la Unión Europea, o las de estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores.2º Haber cumplido los 18 años y no superar la edad establecida por la jubilación forzosa.3º Encontrarse en posesión del título de Formación Profesional de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o Formación Profesional de primer grado en su rama sanitaria o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.4º Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones.5º No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el desempeño de las funciones públicas. | | | Información | | Solicita información gratis al centro | | | | | | |