| | | | | Temario: | Temas relativos a la Constitución, Corporaciones Locales, Comunidad Autónoma y procedimiento administrativo.
Temas específicos sobre la legislación de protección de los espacios Naturales, de Caza, de pesca, Incendios Forestales, y Legislación de Montes.
Temas específicos/prácticos sobre botánica, explotación y ordenación de montes, plagas más importantes, principales especies cinegéticas y piscícolas, viveros y repoblaciones forestales.
Temas relativos al Medio Ambiente en Andalucía.
EXAMEN
Depende del sistema selectivo:
A) Si es oposición libre consta de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios:
Primero: Consistirá en contestar a un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, dividido a su vez, en dos partes: La primera referida a conocimientos generales correspondientes al nivel de titulación exigida, la segunda parte versará sobre el programa de materias aprobado.
Segundo: Consistirá en realizar dos ejercicios prácticos adecuados a las funciones propias del Cuerpo al que se aspira, y relacionado con el programa de materias aprobado.
B) Si es concursooposición libre de un ejercicio Obligatorio de 100 preguntas tipo test a realizar en el tiempo que determine el Tribunal. Además, se sumarán en la fase de concurso los méritos que se acrediten. Ocultar Ver temario completo | | | | | Convocatoria: | No disponible | | Plazo de matriculación: | Abierto | | Observaciones: | | | Requisitos: | 1º. Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
2º. Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
3º. Estar en posesión del Título de Bachiller Superior, Bachiller Unificado Polivalente, Bachiller LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente o en condiciones de obtenerlo, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
4º. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
5º. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. | | | Información | | Solicita información gratis al centro | | | | | | |